18 mayo 2012

COMUNICADO DE ALBERTO DÍAZ MIRANDA, CONCEJAL DEL PARTIDO POPULAR DE SALAS


Realidad económica y financiera de nuestro Ayuntamiento

1º) La deuda con proveedores a fecha 31/12/2011, según el expediente de la liquidación del año 2011, es de 7.958.064€. Dicha cantidad se detalla como sigue :
* +6.231.209,53€ de Presupuestos cerrados (anteriores al 2011)
* +1.625.408,89€ de Presupuesto corriente 2011
* + 657.139,47€ deuda sin consignación presupuestaria
* +1.274.426,76€ deuda con ASSIGNIA INFRAESTRUCTURAS S.A.
* + 336.200,12€ deuda con CONFEDERACION que no refleja la contabilidad
* -2.166.320,95€ deuda que intervención considera deuda no real(por su naturaleza y antigüedad), por lo que debe darse de baja esta deuda, abriendo un expediente de prescripción de obligaciones, exponiendo el mismo a información pública, a fin de que los interesados puedan formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones estimen conveniente. Expediente que el Partido Popular hemos solicitado se inicie de inmediato en la Comisión de Hacienda celebrada el lunes 14.05.2012.
2º.- De las obligaciones pendientes de pago por 7.958.064€ que el Ayuntamiento tenía pendiente a 31.12.2011, han podido incluirse en el Plan Estatal de pago a proveedores regulado por el Real Decreto 4/2012, la cantidad de 5.482.035,35€, quedando pendiente de resolver la fórmula de pago para los 2.476.028,65€, que no han podido incluirse. El Partido Popular hemos solicitado en la Comisión de Hacienda del lunes 14.05.2012, que el Interventor emita informe con el detalle de dicha deuda, se explique por la Alcaldía como se procederá al pago de la misma y que el interventor emita informe con el coste de su financiación.
3º En prestamos firmados con anterioridad a 31 de diciembre de 2011 con tres entidades financieras, el Ayuntamiento mantiene una deuda de 2.171.022,88€. Dichos préstamos han ocasionado al Ayuntamiento en el año 2011 una financiación que alcanzó la cifra de 200.073,08€. Cantidad que se repetirá en los próximos años, por lo que la financiación de los mencionados prestamos alcanzará la cifra total de en torno a 1,2 millones de €.
4º Antes del 25.05.2012, el Ayuntamiento de Salas deberá contraer prestamos con diez entidades financieras diferentes por un importe total de 5.482.035,35€. Dichos préstamos permitirán el pago del 68,88% de la deuda que el consistorio tenía con proveedores a 31.12.2011, quedando pendiente el pago de la deuda restante que asciende a los 2.476.028,65€, mencionados en el punto 2º. La financiación de los prestamos indicados por 5.482.035,35, (que será a 10 años con dos de carencia y a un interés variable que estará en torno al 6%), podrá ascender a 2,1 millones de €. La cuota mensual constante durante los 10 años de amortización e intereses será de en torno a 70.000,00€; que mermará el gasto para los servicios municipales. Es el gasto equivalente a la nómina y seguros de una plantilla de 30 trabajadores, todos los meses, durante 11 años, pero que no irá a personas, sino a los bancos.
Todo lo anterior ha sido consecuencia de que a lo largo de al menos los últimos seis años se ha estado gastando sin cobertura presupuestaria, algo verificable en la liquidaciones de los presupuestos de los ejercicios 2006 a 2011, que todos se cerraron con déficit y las suma de todos ellos supone un déficit de 3,5 millones de euros, a dicha cantidad deben añadirse los 5,5 millones de derechos de cobro que el interventor considera de imposible o difícil recaudación y que se han estado considerando como cobrables los últimos seis años.
Lo que pone de manifiesto la desastrosa gestión que se ha llevado por unos responsables políticos, apoyados por una casta burocrática a su servicio. La cantidad adeudada a proveedores y bancos, mas los costes de financiación de la misma, es una cifra mareante que significa la miseria para nuestro ayuntamiento en los próximos años.
Que cada cual juzgue si esta situación requiere o no exigencia de responsabilidades. Ya que gastar sin cobertura presupuestaria es ilegal según el art. 173.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y posiblemente nos encontraríamos en lo que el Tribunal de Cuentas define como responsabilidad contable en el art. 38 de su Ley orgánica2/1982, al reunir las llamadas “facturas en los cajones” todos sus requisitos. Se trata de una acción de gestión de caudales, contraria a la legalidad presupuestaria, claramente subjetiva con dolo o negligencia grave, que ha producido un daño real de la hacienda local, evaluable económicamente.
Personalmente, considero que es imprescindible ejemplarizar para que no vuelva a suceder esta locura y las gestiones municipales sean más profesionales, incluyendo políticos y funcionarios. No debemos consentir que los dineros del ayuntamiento se siga llevando como los del sacristán "cantando se vienen, cantando se van".